DE LAS TARJAS



CODIGO CIVIL:

DE LAS TARJAS

Artículo 1.383.-
Las tarjas que corresponden con sus patrones hacen fe entre las personas que acostumbran comprobar con ellas las provisiones que hacen o reciben en detal.


TARJA

Señalar o rayar en la tarja lo que se va sacando fiado, o lo que se cuenta.

En el mundo de las operaciones portuarias, la tarja son los apuntes hechos por un empleado sobre la información detallada de una carga o descarga; incluyendo marcas, números, peso, medida y condición de los bultos o mercancía.

TARJA




La Tarja, una rama que sirve de comprobante
Las tarjas eran trozos de ramas o tablas que se utilizaban para anotar lo que se compraba de fiado en cualquier establecimiento.
Para ello se tomaba dicha rama o tabla que se partía longitudinalmente y se desgajaba de manera ruda para que quedasen imperfecciones que posteriormente se unirían para comprobar que se trataba de la misma madera. Posteriormente se unían los dos trozos para realizar muescas según se acumulaban las deudas.
A pesar de ser un sistema muy sencillo, su falsificación era casi imposible.
El documento que mostramos es un pleito de 1793 en el que un panadero reclama 592 reales que le quedan por cobrar de la venta de 12 fanegas de pan blanco, y para demostrarlo presenta su parte de la tarja.
Ambos, fiador y deudor, utilizaron una tarja de la forma que se acostumbraba en Rute, y por tanto en el pleito no queda ninguna duda de que era cierta tal deuda.

AHPCO Fondo Judicial de Rute, Caja 223(32)



Comentarios

Entradas populares de este blog

DERECHO REAL

IPSO IURE