DERECHO REAL http://www.enciclopedia-juridica.com/d/derecho-real/derecho-real.htm [DCiv] Derecho que tiene una persona sobre una cosa en virtud de una determinada relación jurídica. Los derechos reales se caracterizan por dos notas fundamentales: · el carácter inmediato del poder que otorgan a su titular sobre la cosa, y la · oponibilidad erga omnes o facultad de ejercitarlo imite a todos. La Ley Hipotecaria enumera sin carácter exhaustivo, pues pueden crearse otras modalidades, los siguientes tipos de derechos reales: · usufructo, · hipoteca, · habitación, · enfiteusis, · censos y · ...